AFILIACIÓN
La membresía se compone de afiliados titulares, universidades públicas y privadas, comprometidas con el proyecto de una educación inscrita en sus sociedades y sin fines de lucro. También son miembros redes universitarias nacionales o regionales, así como un conjunto de agrupaciones afiliadas, organismos de cooperación y estudio centrados en la formación disciplinaria y redes temáticas que congregan transversalmente actores académicos, institucionales, sociales y no gubernamentales. Entre sus afiliados, la UDUALC cuenta con una diversidad de organizaciones y agrupaciones orientadas a vincular la educación superior con la vida social y la política pública en áreas sensibles a la educación, el desarrollo y equidad económica, la protección y preservación del patrimonio medioambiental de nuestras sociedades.
Con el fin de cumplir con los artículos 5º y 34º inciso d) de los Estatutos de la Unión de Universidades de América Latina y el Caribe, establecemos los siguientes requisitos para considerar la afiliación, asociación y permanencia de universidades o instituciones de educación superior, organizaciones universitarias nacionales o regionales y redes de América Latina y el Caribe:
- Envío de una carta de postulación, firmada por el rector o en su caso por el titular de la organización o red dirigida al Secretario General de la UDUALC.
- En el caso de una universidad o institución de educación superior, adjuntar a la carta la siguiente documentación:
- Datos generales de la institución: estructura organizativa, número de sedes y principales autoridades
- Copia del instrumento legal que acredite su constitución, su personalidad jurídica y su capacidad para otorgar grados, certificados o títulos
- Legislación u ordenamiento legal que rija a la institución y que debe incluir disposiciones relativas a la organización e ideario institucional
- Organigrama general de la institución (requisito sugerido)
- Plan institucional de desarrollo
- Resultado de evaluaciones internas y/o externas, efectuadas recientemente
- Datos actualizados del personal académico de tiempo completo y de medio tiempo de acuerdo con su último grado académico obtenido
- Datos sobre el personal académico involucrado en actividades de investigación, con registro de publicaciones anuales, preferentemente en revistas científicas indexadas
- Cifra total de la población escolar
- Existencia de convenios de colaboración con otras instituciones educativas, centros de investigación, sectores sociales y productivos
- Programas de becas en los que participa la institución.
- Datos institucionales de contacto: domicilio de cada sede, teléfono, fax, correo electrónico y dirección electrónica de la página institucional.
- Si se trata de una organización universitaria, red profesional y/o temática de académicos, adjuntar a la carta la siguiente documentación:
- Datos generales de la organización universitaria o red: naturaleza, principios organizativos, autoridades y/o coordinadores
- Copia de la carta o instrumento legal que acredite su constitución y personalidad jurídica
- Legislación, ordenamiento legal o acuerdo constitutivo que rija a la organización o red
- Listado de universidades o instituciones de educación superior, organizaciones universitarias o redes afiliadas.
- Serán miembros ASOCIADOS, las organizaciones y redes que cumplan con los siguientes criterios de docencia, investigación, extensión, difusión de la cultura de sus afiliados y cooperación entre las instituciones que las integran:
- Que acrediten capacidad jurídica y académica para el ejercicio de sus funciones
- Que cuenten con reglamentos generales de funcionamiento
- Que apliquen criterios y procedimientos definidos para valorar el ingreso de sus afiliados
- Que realicen actividades tendientes a promover el mejoramiento de la calidad académica de sus afiliados.
La documentación será revisada por la Secretaría General de la UDUALC y turnada a la Vicepresidencia Regional o de Organizaciones y Redes que corresponda, quienes dispondrán de un plazo de 7 días hábiles para que se elabore el dictamen respectivo. Posteriormente, será presentado a 3 miembros del Consejo Ejecutivo para su análisis y, en su caso, su aprobación en un plazo total no mayor a 20 días hábiles.